El pasado viernes 19 de enero, el Juez de Garantía en feria de la Segunda Circunscripción Judicial, Matías Farinazzo Tempestini, dictó la excarcelación de Alejandra Espinosa, quien estaba imputada por la desaparición de Abel Ortiz en septiembre de 2014 en Villa Mercedes.

La medida fue solicitada por la defensa de Espinosa, el Dr. Valentín Rivadera, argumentando que ya no subsistían las razones que llevaron a la prisión preventiva de su defendida y que no existían riesgos procesales para concederle la libertad hasta tanto se resolviera su situación procesal de manera definitiva.

El magistrado, tras analizar las constancias de la causa, determinó que no existían conductas que permitieran concluir la existencia de peligro de fuga o entorpecimiento. En el comunicado emitido, el juez explicó detalladamente los fundamentos de su decisión.

En la audiencia del 19 de enero, asistieron el Dr. Valentín Rivadera, abogado de la Sra. Espinosa; el Dr. Néstor Armando Lucero, Fiscal de Juicio; y la imputada, que participó de manera remota desde el Servicio Penitenciario Provincial.

La defensa argumentó que no subsistían las razones por las que se dispuso la prisión preventiva y propuso alternativas como la sustitución por fianza o prisión domiciliaria. La fiscalía, por su parte, sostuvo la existencia de riesgo procesal, alegando peligro de entorpecimiento para la investigación, la falta de apego a la norma demostrada en causas anteriores y la trascendencia del caso, dado que Abel Ortiz no ha aparecido.

Tras escuchar a ambas partes y a la imputada, el juez Farinazzo Tempestini dispuso el cese de la prisión preventiva, imponiendo a Espinosa ciertas reglas, como la prohibición de salir de la provincia sin orden judicial, la obligación de presentarse periódicamente ante el tribunal de juicio para firmar el libro de imputados, la fijación de domicilio y la prohibición de acercamiento hacia un grupo determinado de personas.

El juez resaltó la importancia de analizar en detalle los riesgos procesales y destacó la labor de ambas partes en el litigio. Además, cuestionó la normativa que permitía la prisión preventiva basada únicamente en la pena prevista para los delitos imputados, considerándola inconstitucional.

Con esta decisión, Espinosa recupera su libertad después de estar privada de ella desde el 7 de febrero de 2022. El juez señaló que, en 18 días, se cumpliría el plazo máximo de dos años previsto por ley para la prisión cautelar, lo que consideró irrazonable de mantener.